Posted by Dave Collins on February 24, 2007, 12:42 am
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Estimados Ciudadanos: La siguiente "Denuncia Oficial" será abierta para firmar hasta el jueves, 1 de marzo, al Girasol Bistro desde las 8:00 a.m. - 3:00 p.m., y las 6:00 p.m. - 10:00 p.m. cada día excepto el domingo. Después de esta fecha estará enviada a algunas autoridades del gobierno incluyendo a SEMARNAT, PROFEPA y el Municipio de La Huerta, en adición a la prensa. Además, estamos SOLICITANDO el respaldo de varios ONGs y fundaciones Mexicanos como Tortuga Negra, A.C.; Fundación Ecológica, A.C.; Estación Biológica de UNAM, Centro Universitario de la Costa Sur (U. de G.) y PRONATURA para nombrar algunos. Sino sobre todo necesitamos mostrar el apoyo de ciudadanos preocupados como uds. para frenar el desarollo insidioso y descontolado de la zona costera y manglar entre La Manzanilla y Boca de Iguanas. La democrácia debería estar más que dos lobos y un borrego asentantandose para decidir que comer! Muestra tu apoyo por tu comunidad y ecosistema. Toma un momento para leer la siguiente carta y considerar firmarla. Juntos podemos hacer una diferencia. ¡Gracias! P.D. Si no estás aqui para firmar, pero te gustaría apoyar esta campaña, favor de solicitarme una copia electrónica de esta carta. Entonces se puede firmar la última página, y escanearmela o mandarmela por fax: 315-351-5341. NOTA: Como no cabe todo el documento en este "message board" tengo que mandarlo en dos partes.... DENUNCIA OFICIAL La Manzanilla del Mar A quien corresponda: Solicitamos atentamente la inmediata suspensión de todas las construcciones que están llevándose a cabo, en la playa colindante con el estuario y manglar entre La Manzanilla y Boca de Iguanas, hasta la revisión y aprobación por parte de las autoridades correspondientes de todas las autorizaciones en materia de impacto ambiental emitidas para esta zona. Así mismo demandamos se haga del conocimiento público de los ciudadanos de estas comunidades las manifestaciones de impacto ambiental de las mismas. Pedimos también que estas autorizaciones se revisen de acuerdo a las nuevas disposiciones reglamentarias dictadas por el presidente Felipe Calderón el diciembre 22 del 2006, las cuales restringen la construcción y las actividades de desarrollo en los manglares de las costas. Dicho decreto adiciona un artículo 6º Ter (tercero) a la Ley General de Vida Silvestre: “Queda prohibida la remoción, relleno, trasplante, poda, o cualquier obra ó actividad que afecte la integridad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de la carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos. Se exceptuarán de la prohibición a que se refiere el párrafo anterior las obras o actividades que tengan por objeto proteger, restaurar, investigar o conservar las áreas del manglar.” Además de no estar en concordancia con el nuevo decreto presidencial, los actuales desarrollos no están acordes con el Programa de Ordenamiento Ecológico (POE) de la Región Costa Alegre que enfatizan la necesidad de una infraestructura de baja densidad, dada la presencia de un entorno altamente frágil. De acuerdo al Articulo 11 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, las siguientes actividades deben de presentar manifestación de impacto ambiental (MIA) para su evaluación y posible autorización: “Q) Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros: Construcción y operación de hoteles, condominios, villas, desarrollos habitacionales y urbanos, restaurantes, instalaciones de comercio y servicios en general, marinas, muelles, rompeolas, campos de golf, infraestructura turística o urbana, vías generales de comunicación, obras de restitución o recuperación de playas, o arrecifes artificiales, que afecte ecosistemas costeros…” Quedan exentas de presentar manifestaciones de impacto ambiental las viviendas unifamiliares de los residentes de las comunidades costeras, ente otras actividades; también deben de presentar MIA las actividades incluidas en el Inciso R) de dicho Reglamento: “Obras y Actividades en Humedales, Manglares, Lagunas, Ríos, Lagos y Esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales…”, quedando exentas también las viviendas unifamiliares. Aunque muchas de las obras que actualmente se desarrollan en la zona adyacente al estuario y manglar de La Manzanilla y Boca de Iguanas están dentro de esta exención por tratarse de supuestas “viviendas unifamiliares”, la SEMARNAT no está considerando los impactos acumulativos de estas obras individuales que están provocando la destrucción y fragmentación de este ecosistema, la pérdida de hábitat de anidación para el cocodrilo americano (Cocodrylus acutus), y además la destrucción de la vegetación de las dunas y de las dunas mismas que afecta el hábitat de anidación de las tortugas marinas de las especies laúd (Demochelys coriacea) y golfina (Lepidochelys olivacea), estas tres especies están citadas en la NOM-059-ECOL-2001, que trata sobre especies amenazadas o en peligro de extinción o bajo protección especial. Tampoco está considerando la SEMARNAT que los impactos ambientales acumulativos sobre este ecosistema una vez que los distintos proyectos individuales entren en operación, afectarán de manera importante la conducta de anidación de estas tres especies ya afectadas también por la pérdida de su hábitat de anidación
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